FSC-CCOO Sector Administración de Justicia | 15 enero 2025.

CCOO gana otra importante sentencia sobre exclusión de vacantes del concurso de traslados, esta vez en la Comunidad de Madrid

    Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid estima el recurso presentado por CCOO contra el concurso de traslados de 2019 en el ámbito de la Comunidad de Madrid y ordena a la Consejería que oferte las plazas vacantes no incluidas en dicho concurso (más de 1.100 plazas).

    17/11/2020.
    Concurso de Traslados Cuerpos Generales

    Concurso de Traslados Cuerpos Generales

    CCOO ha venido denunciando reiteradamente la absoluta falta de transparencia de la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid en relación con la provisión de puestos de trabajo (incluido, comisiones de servicios, nombramiento y cese del personal interino, plazas que se convocan a la OEP, etc) y, muy particularmente, en relación con el irrisorio número de plazas vacantes que se vienen ofertando por la Consejería en el concurso de traslados anual. Y ello a pesar de que CCOO ha evidenciado la existencia de más 2.000 vacantes (muchas de las cuales no se han ofertado desde hace más de 10 años) que la Consejería ha venido negándose a identificar y, menos aún, a negociar e informar, pese a las reclamaciones de CCOO y de los/as trabajadores/as, de los criterios, que deben ser objetivos, transparentes y públicos, para determinar las plazas a incluir en el concurso de traslados. y, en su caso, de los motivos por los que no se ofertan al concurso.

    Pues bien, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid, en sentencia del pasado día 12 de noviembre, ha estimado en primera instancia el recurso interpuesto por CCOO contra la Resolución de la Viceconsejería de Justicia de la Comunidad de Madrid, de convocatoria de concurso de traslados de 2019 para los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial, por la exclusión inmotivada de cientos de plazas vacantes de dicho concurso.

    El juzgado asume los argumentos de CCOO, y motivado en la prueba practicada a propuesta del sindicato y en los datos aportados como fundamentos de la demanda que no han podido ser desvirtuados por la defensa de la Consejería de Justicia, atendiendo a lo solicitado en el recurso, ordena a la Consejería de Justicia ofertar las plazas vacantes no incluidas en el concurso.

    Argumenta el órgano judicial que la potestad de autoorganización de la Administración (un mantra que, inaceptablemente, viene utilizando la Consejería de Justicia para hacer y deshacer a su antojo en relación con la gestión de personal), “no implica que se ejerza sin sujeción a control alguno: su ejercicio tiene como contrapartida que la exclusión de ciertas plazas se motive, se justifique las necesidades organizativas que llevan a excluir ciertas plazas y a ofertar otras (…).” 

    Y concluye que, “La resolución impugnada no se ha adoptado con base en la debida motivación por la Administración, vulnerando el principio constitucional de la interdicción de la arbitrariedad establecido en el art. 9.3 de la CE.”

    CCOO celebra esta nueva sentencia ganada por el sindicato en reclamación de la inclusión de todas las plazas vacantes en el concurso de traslados. Ésta, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid, es la primera referida al ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid y, de confirmarse su firmeza, tiene una importancia sustancial en el futuro, no sólo porque ordena a la Consejería de Justicia ofertar todas las vacantes no incluidas en el concurso de 2019 (que son más de 1.100 plazas), sino porque podría ser el principio del fin de la opacidad y arbitrariedad de la Consejería de Justicia (al menos en relación con el concurso de traslados), a la que obliga, so pena de nulidad, a tener que motivar documentalmente, y no de forma genérica, las vacantes que incluye y excluye de los concursos de traslados.

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